Tres juzgados de lo Social han dictado en abril de 2026 sentencias que marcan un antes y un después para los trabajadores interinos de la Administración pública española. Los fallos, emitidos con apenas seis días de diferencia entre el primero y el segundo, reconocen el derecho a percibir una indemnización económica a empleados temporales que superaron un proceso de estabilización y lograron plaza fija. La cuantía más elevada reconocida alcanza los 52.000 euros. El impacto potencial es enorme: según fuentes jurídicas consultadas, el número de personas que podrían encontrarse en una situación similar ronda el millón en todo el país.
La primera sentencia se dictó el 14 de abril en Badajoz. Seis días después, el 20 de abril, un juzgado de Vigo llegó a una conclusión equivalente. A estas dos se suma una tercera resolución, emanada del Juzgado de lo Social número 1 de Eibar. Los tres casos comparten un denominador común: trabajadores que estuvieron vinculados a la Administración de forma temporal durante un período prolongado, sufrieron lo que la jurisprudencia europea califica como abuso en la contratación temporal, y posteriormente accedieron a la función pública a través de los procesos de estabilización puestos en marcha en los últimos años. La clave del reconocimiento judicial es haber acreditado una duración mínima de tres años en situación de temporalidad abusiva.
El trasfondo legal de estas resoluciones no es nuevo. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea lleva años emitiendo pronunciamientos en los que recuerda a los Estados miembros que la directiva comunitaria sobre trabajo de duración determinada prohíbe el uso sucesivo y abusivo de contratos temporales en el sector público. España ha sido objeto de varias sentencias del TJUE en esta materia, y sus efectos han ido filtrándose paulatinamente en la jurisprudencia de los juzgados nacionales. Sin embargo, hasta ahora la mayoría de los fallos favorables a los interinos se producían en casos de cese o despido encubierto, no en supuestos en los que el trabajador había logrado consolidar su puesto.
Lo verdaderamente disruptivo de estas tres sentencias es precisamente ese matiz: la indemnización no se condiciona a haber perdido el empleo. Los afectados conservan su plaza fija, pero los juzgados entienden que el daño causado por años de precariedad, incertidumbre laboral y condiciones inferiores a las de un funcionario de carrera merece una reparación económica autónoma. Esta interpretación, de consolidarse en instancias superiores, podría transformar de forma radical la exposición financiera de las administraciones públicas españolas.
El alcance de los procesos de estabilización
El contexto inmediato de estas reclamaciones son los procesos de estabilización del empleo público impulsados por la Ley 20/2021, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, aprobada a finales de 2021 y que obligó a las distintas administraciones a convocar plazas para regularizar a miles de interinos que llevaban años ocupando puestos de forma provisional. El objetivo declarado era reducir la tasa de temporalidad en el sector público, que en algunos ámbitos superaba el 30%, muy por encima de lo permitido por la normativa comunitaria.
Esos procesos de estabilización, aunque beneficiaron a decenas de miles de trabajadores que pasaron a tener plaza fija, no contemplaron ningún tipo de compensación por los años previos de temporalidad. Es precisamente ese vacío el que ahora los juzgados comienzan a llenar, amparándose en la doctrina del TJUE y en la obligación de reparar íntegramente el perjuicio causado por la contratación abusiva. Los afectados que superaron la estabilización pero acreditan al menos tres años de temporalidad previa serían los principales beneficiarios de esta línea jurisprudencial.
Qué puede pasar ahora
Las tres sentencias son resoluciones de primera instancia, lo que significa que aún pueden ser recurridas y que la doctrina no está consolidada. No obstante, los despachos de abogados especializados en derecho laboral público ya advierten de que el número de consultas y reclamaciones presentadas ha crecido de forma significativa desde que se conocieron los fallos. Si los tribunales superiores y, en último término, el Tribunal Supremo confirman este criterio, el efecto en cadena sobre las arcas públicas podría ser muy relevante.
El sector público español emplea a cerca de 3,5 millones de personas, según los datos del Registro Central de Personal del Ministerio de Hacienda. De ellas, una parte significativa ha pasado por situaciones de temporalidad prolongada antes de lograr plaza fija. Calcular con precisión el coste total de una hipotética avalancha de reclamaciones es complejo, ya que depende de factores como los años de servicio temporal de cada trabajador, la categoría profesional y el salario de referencia. Pero con indemnizaciones individuales que pueden oscilar entre varios miles y los 52.000 euros ya reconocidos, el impacto agregado sería multimillonario.
Las administraciones afectadas, de momento, no han hecho declaraciones públicas sobre cómo piensan afrontar esta situación. La pelota está ahora en el tejado de los tribunales superiores, que en los próximos meses deberán pronunciarse sobre si estas tres resoluciones pioneras sientan o no jurisprudencia.