La defensa de Begoña Gómez ha remitido al Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid un informe pericial destinado a rebatir las conclusiones del magistrado Juan Carlos Peinado sobre la cátedra extraordinaria que la mujer del presidente del Gobierno codirigió en la Universidad Complutense de Madrid. Según el documento, la actividad que ella desempeñó en dicha estructura académica fue «sustancialmente altruista» y no constituyó una vía para el beneficio profesional privado, tal y como sostiene la acusación.
El informe se enfrenta de manera directa a los razonamientos que el juez Peinado recogió en varios de sus autos. En ellos, el magistrado afirmó que la cátedra «sirvió como medio de desarrollo profesional privado para la investigada» y que esta recibió compensación económica por su labor, aprovechándose de su posición como consorte del jefe del Ejecutivo. La pericial de la defensa niega ambas premisas y argumenta que el modelo de financiación que sostenía esa cátedra es habitual y legítimo en el ámbito universitario español.
Uno de los argumentos centrales del informe es el peso que tiene la colaboración privada en la financiación de estructuras académicas como la que se juzga. Según el documento, la propia Complutense recauda alrededor de 4,7 millones de euros anuales procedentes de aportaciones de empresas a cátedras de este tipo. Con este dato, la defensa trata de normalizar el esquema de patrocinio empresarial que fue cuestionado por la instrucción y que está en el núcleo del procedimiento judicial.
La causa que se sigue contra Begoña Gómez arrancó tras varias denuncias presentadas por asociaciones de corte conservador y abarca, entre otros asuntos, su vinculación a esa cátedra de Transformación Social Competitiva en la UCM y su relación con determinadas empresas que habrían obtenido contratos públicos. El juez ha investigado si existió un tráfico de influencias relacionado con esas adjudicaciones, algo que la investigada ha negado en todo momento.
La estrategia de la defensa pasa, en parte, por acreditar que el papel que Gómez desempeñó en la universidad no generó ningún enriquecimiento ni ventaja indebida. El informe pericial va en esa línea al señalar que la dirección de una cátedra extraordinaria es una función honorífica que no conlleva retribución económica significativa y que su finalidad es estrictamente académica y de transferencia de conocimiento al sector privado.
El procedimiento judicial, que se lleva en el Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, ha acumulado a lo largo de los últimos meses una considerable cantidad de documentación, testimonios e informes periciales de distinto signo. La aportación de este nuevo dictamen por parte de la defensa es una pieza más en una instrucción que se ha extendido durante más de un año y que ha tenido una fuerte repercusión política, dado el perfil de la investigada.
Desde el entorno del Gobierno y del PSOE se ha criticado en repetidas ocasiones la actuación del juez Peinado, al que han llegado a acusar de actuar con motivaciones políticas. El magistrado, por su parte, ha mantenido abierta la investigación y ha practicado diligencias que han incluido la declaración de la propia Begoña Gómez, así como la de otras personas de su entorno y del mundo empresarial.
El caso ha generado un debate más amplio sobre los límites de la actividad profesional de los familiares de altos cargos públicos y sobre los mecanismos de financiación privada en la universidad pública española. La pericial presentada ahora intenta, precisamente, anclar el debate en ese terreno técnico y académico, alejándolo de la dimensión política que ha dominado la cobertura informativa del proceso.