El Tribunal Supremo ha dictado un fallo crucial respecto a la situación de más de 800.000 empleados públicos interinos en España. La sala de lo social ha decidido que la conversión automática de contratos temporales en indefinidos, aunque exista un abuso prolongado de interinidad, no es viable para los interinos que no hayan superado un procedimiento selectivo.
Este pronunciamiento responde a la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que reclamaba un aumento en las indemnizaciones a estos trabajadores y rechazaba fórmulas como la creación de la figura del indefinido no fijo o las convocatorias extraordinarias para estabilizar al personal público. Sin embargo, el Supremo enfatiza que sólo quienes hayan superado una oposición, concurso o alguna prueba oficial de acceso a la función pública podrían optar a la conversión a fijo, incluso si no han conseguido plaza por falta de vacantes y han encadenado contratos temporales.
La sentencia, fechada el 11 de mayo de 2026, se alinea con el marco jurídico español, en especial con la Constitución y el Estatuto Básico del Empleado Público. Según los magistrados, aprobar una prueba selectiva garantiza el respeto a los principios básicos de igualdad, mérito y capacidad fundamentales en el acceso a la función pública. Permitir la conversión automática sin este requisito pondría en riesgo estos principios y generaría un acceso irregular a puestos fijos, afectando al resto de ciudadanos aspirantes.
No obstante, el Supremo establece una excepción importante. En el caso concreto analizado, la demandante había superado la prueba pública pero no había tomado posesión de la plaza debido a la ausencia de vacantes. En esta situación, el tribunal reconoce legítima la conversión judicial de su contrato temporal a indefinido. Esta salvedad abre una vía para futuros casos donde el abuso en la temporalidad se produce tras superar el proceso selectivo pero sin obtener plaza efectiva.
Para los demás empleados interinos que no cumplan ese requisito, la solución al abuso de la temporalidad pasará por la mejora de las indemnizaciones. La justicia europea ha cuestionado el sistema actual de compensaciones en España, que fija 20 días por año trabajado con un límite de 12 mensualidades, considerándolo insuficiente y poco disuasorio frente a la mala praxis administrativa. El Tribunal de Justicia de la UE exige que estas indemnizaciones sean personalizadas y proporcionales al daño real sufrido, tomando en cuenta el tiempo acumulado, la incertidumbre generada y la pérdida económica derivada de la inestabilidad laboral.
En paralelo, la sentencia insta a remitir las constataciones de abuso de temporalidad a la Inspección de Trabajo para iniciar procedimientos sancionadores contra las Administraciones responsables, en busca de un efecto preventivo y corrector a largo plazo.
Las consecuencias de estas decisiones tendrán un impacto significativo en la gestión de personal público en España. Por un lado, se cierra la posibilidad de una conversión masiva de interinos en fijos sin el cumplimiento de los correspondientes procesos de selección. Por otro, se refuerzan las compensaciones económicas en caso de abuso, lo que también podría implicar mayores costes para las Administraciones y mayor seguridad jurídica para los afectados.
Este escenario obliga a repensar las políticas de estabilización del empleo público y a buscar mecanismos que respeten los principios constitucionales y europeas, al tiempo que atiendan la realidad de miles de interinos con contratos temporales encadenados durante años. Más información en el fallo del TJUE
y en la web oficial del Tribunal Supremo.
Así, la justicia española da un paso decisivo para equilibrar derechos laborales, responsabilidad pública y orden constitucional, aunque deja abierta la puerta para que el diseño de políticas públicas y las negociaciones con agentes sociales encuentren nuevas fórmulas que eviten esta controversia judicial recurrente.