La reciente sentencia del Tribunal Supremo, publicada el 30 de junio de 2026, establece que los empleados públicos interinos no pueden acceder a un puesto fijo sin superar un proceso selectivo, aun cuando hayan acumulado una larga trayectoria bajo contratos temporales. La resolución busca cumplir con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público.
Actualmente, más de 980.000 trabajadores del sector público en España cuentan con contratos temporales, lo que representa cerca del 30% del total, una cifra que triplica la temporalidad del sector privado, según la última Encuesta de Población Activa del INE para el primer trimestre de 2026. Esta elevada tasa ha generado preocupación en la Comisión Europea, que ha amenazado con sancionar a España por no aplicar medidas suficientes para reducir la interinidad abusiva.
El Gobierno ha solicitado un aplazamiento hasta 2027 para implementar cambios destinados a corregir esta situación, cuyo estancamiento se atribuye a la complejidad para modificar procesos y plantillas en la Administración pública. A pesar de que la reforma laboral de 2021 disminuyó notablemente la temporalidad en el sector privado, la pública sigue siendo un desafío pendiente.
La resolución del Supremo responde a una cuestión prejudicial tratada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el 14 de abril de 2026, y consolida la jurisprudencia interna del propio Supremo emitida en mayo de ese año. Esta doctrina confirma que no se puede convertir en trabajador fijo a quien ha sido contratado temporalmente sin pasar por procedimientos selectivos que respeten la igualdad, el mérito y la capacidad, incluso en casos de abuso en la temporalidad.
La sentencia apunta que otorgar la fijeza sin oposición vulneraría la Constitución Española y el Estatuto Básico del Empleado Público, además de impedir el ingreso de nuevos ciudadanos a la función pública en igualdad de condiciones. En compensación, se establece que quienes sufran despido por abuso en la temporalidad tienen derecho a indemnizaciones ampliadas y a reclamaciones por daños morales, incluso si posteriormente logran acceder a un puesto fijo.
Asimismo, cuando se detecta un abuso en la contratación temporal, la sentencia debe remitirse a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para iniciar procedimientos sancionadores contra la administración responsable. Esta medida busca aumentar la responsabilidad y disuadir prácticas irregulares en la gestión de personal público.
Los sindicatos, como CSIF, han valorado que la sentencia está alineada con pronunciamientos previos del Supremo y del TJUE, pero insisten en que se requieren reformas más contundentes. Demandas como sanciones "ejemplares" a las administraciones que incumplen y la convocatoria urgente de todas las plazas estructurales ocupadas por interinos con más de tres años acumulados en temporalidad son parte de su agenda.
Además, instan a reducir los tiempos para ejecutar las ofertas públicas de empleo, que actualmente superan los tres años y medio, y a eliminar la tasa de reposición en los presupuestos que prolonga la contratación temporal.
Este escenario evidencia la tensión entre garantizar los derechos de los trabajadores temporales y mantener los principios de acceso justo a la función pública. Mientras el Supremo reafirma la necesidad de que la estabilidad laboral dependa de procesos selectivos, la presión para reformar el sistema y reducir la temporalidad abusiva sigue creciendo, con la mirada puesta en la UE y en las demandas sindicales para mejorar la calidad del empleo público en España.
Más información en el Informe del INE sobre empleo público o en el Ministerio de Función Pública.
También es relevante seguir la evolución de las demandas sindicales, como las de CSIF, para entender las posibles reformas en el corto y medio plazo.