El Gobierno ha dado luz verde a la reforma de la jubilación flexible, que facilita a los jubilados retornar al mercado laboral mientras cobran su pensión. La medida permite compatibilizar un salario con la pensión de jubilación, siempre que se trabaje entre un 33% y un 80% de la jornada completa. Esta regulación se extiende además a los trabajadores autónomos, que ahora podrán reincorporarse bajo esta modalidad, algo que hasta ahora no estaba contemplado formalmente.
La norma, aprobada en Consejo de Ministros y pendiente de convalidación en el Congreso, entrará en vigor tres meses después de su publicación en el BOE. Busca fomentar la reincorporación voluntaria a edades avanzadas y dará incentivos financieros a quienes decidan retrasar o fraccionar su jubilación.
En comparación con el sistema previo, que permitía compatibilizar la pensión con un trabajo a tiempo parcial entre el 25% y el 75%, el nuevo marco endurece el requisito mínimo a un 33% de la jornada y aumenta el máximo permitido hasta el 80%. La reducción proporcional de la pensión dependerá de la jornada que desempeñe el jubilado. Por ejemplo, si se trabaja al 50% de la jornada, se cobrará la mitad del salario y el 50% de la pensión. Sin embargo, la reforma introduce pluses: si la reincorporación se produce al menos seis meses después del inicio del cobro de la pensión, quienes trabajen entre el 55% y 80% de la jornada recibirán un incremento del 25% en la pensión; los que trabajen entre el 33% y el 55% tendrán un complemento del 15%.
Uno de los cambios más destacados es el acceso para jubilados autónomos. Antes esta opción existía solo de forma limitada, con un máximo de compatibilización del 20% de la pensión sin importar horas o ingresos, pero ahora sube hasta el 25%. Aunque la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) estima que la medida tendrá un impacto limitado —pues la mayoría prefiere acogerse a la jubilación activa vigente— la ampliación supone un reconocimiento a la heterogeneidad del colectivo y a la tendencia de prolongar la actividad económica más allá de la jubilación.
El decreto también mejora condiciones para quienes accedieron a la jubilación anticipada involuntariamente. Al pasar a la modalidad flexible, su pensión se recalculará teniendo en cuenta su base reguladora y años cotizados, lo que podría elevar su prestación.
Se mantendrán los derechos en materia de asistencia sanitaria y protección social durante el período de jubilación flexible. Esta regulación aplica a todos los regímenes de la Seguridad Social, salvo a los regímenes especiales de funcionarios civiles del Estado, militares y personal al servicio de la Administración de Justicia.
Esta reforma culmina un paquete más amplio de actuaciones para flexibilizar la edad de jubilación y adaptar el sistema a las nuevas realidades laborales y demográficas. Permitirá que personas que desean seguir activas profesionalmente sin renunciar a su pensión puedan hacerlo con condiciones claras y con incentivos. Para más detalles sobre los requisitos y beneficios, el texto completo está disponible en la página oficial del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. También puede consultarse el análisis detallado en El Economista y la cobertura informativa en Expansión.
Por su parte, expertos en derecho laboral subrayan la importancia de esta reforma para combatir la exclusión prolongada del mercado laboral de seniors y para aminorar la presión sobre las pensiones públicas al incentivar el trabajo complementario una vez jubilado.
El desarrollo de esta normativa y su implementación efectiva dependerán de la aprobación parlamentaria y del seguimiento que se haga a lo largo de los próximos meses, con especial atención a la respuesta de las empresas, los trabajadores y la seguridad social.