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Dos árbitros macedonios, suspendidos dos años por falsear pruebas físicas

La EHF sancionó a Nachevski y Nikolov tras detectar que manipularon vídeos obligatorios para acreditar su forma física en el Europeo 2026.

Por Carlos García·miércoles, 15 de abril de 2026·4 min lectura
Ilustración: Dos árbitros macedonios, suspendidos dos años por falsear pr · El Diario Joven

La Federación Europea de Balonmano (EHF) ha sancionado con dos años de suspensión a los árbitros macedonios Gjorgji Nachevski y Slave Nikolov por manipular los vídeos con los que debían acreditar su condición física antes del Campeonato de Europa de 2026. El organismo considera su conducta «gravemente antideportiva» y, además de apartarlos de cualquier función federativa durante 24 meses, les ha impuesto a cada uno una multa de 5.000 euros por infringir el Código de Conducta de la EHF.

El caso arranca de un protocolo de evaluación física que la EHF exige a todas sus parejas de árbitros antes de cada gran torneo. El procedimiento contempla dos grabaciones en vídeo de una prueba de aptitud multietapa: la primera, ocho semanas antes del inicio del campeonato; la segunda, cuatro semanas antes. Ese material es revisado por Fitgood Pro, empresa especializada en rendimiento deportivo y socio oficial de entrenamiento de la EHF, que valida si los colegiados alcanzan los estándares requeridos para oficiar partidos de élite.

A finales de diciembre de 2025, la EHF recibió un aviso de que los vídeos presentados por Nachevski y Nikolov podían haber sido alterados. El organismo encargó entonces un análisis técnico en profundidad a los expertos de Fitgood Pro y, paralelamente, remitió las imágenes a Sportradar, su socio en materia de integridad deportiva. Las conclusiones de ambos análisis apuntaban, con alta probabilidad, a que los archivos habían sido manipulados. La investigación no dejaba margen de duda suficiente como para que los árbitros participaran en el torneo.

Con ese dictamen sobre la mesa, la primera decisión de la EHF fue inmediata: excluir a ambos colegiados del Europeo 2026, que se disputó entre el 15 de enero y el 1 de febrero en Dinamarca, Suecia y Noruega. El campeonato siguió adelante sin ellos mientras el expediente disciplinario recorría los cauces reglamentarios del organismo europeo. Según el reglamento disciplinario de la EHF, los casos de este tipo son instruidos y resueltos por el Tribunal de Balonmano, el órgano encargado de velar por el cumplimiento normativo dentro de la federación.

Dicho tribunal ha sido el que ha dictado la resolución definitiva: 24 meses de inhabilitación para Nachevski y Nikolov, con efecto desde la fecha de la sentencia. Durante ese período, ninguno de los dos podrá ejercer función alguna bajo el paraguas de la EHF ni participar en actividades organizadas por la federación, ya sea como árbitro, formador, observador o cualquier otro rol. La condena es doble: deportiva y económica, con los 5.000 euros de multa individual derivados de la vulneración del Código de Conducta.

Ambos árbitros tienen derecho a recurrir la decisión ante el Tribunal de Apelación de la EHF, por lo que la sanción podría ser revisada al alza, a la baja o confirmada en una segunda instancia. No hay información pública disponible sobre si alguno de ellos ha anunciado su intención de impugnar el fallo.

Este caso pone el foco en los mecanismos de control que las federaciones internacionales aplican para garantizar la integridad de sus competidores, incluidos los árbitros. La incorporación de herramientas tecnológicas de análisis de vídeo y la colaboración con empresas especializadas en integridad deportiva como Sportradar permiten detectar irregularidades que hace una década habrían pasado desapercibidas. El balonmano europeo, que ha vivido en los últimos años un proceso de profesionalización acelerado, refuerza con esta sanción la señal de que el fraude en las evaluaciones tiene consecuencias reales y duraderas.

Nachevski y Nikolov forman parte de un colectivo arbitral que compite por plazas limitadas en los grandes torneos continentales. Una suspensión de dos años en este tramo de sus carreras equivale, en la práctica, a perderse al menos otro ciclo completo de competiciones oficiales de la EHF, lo que supone un coste profesional considerable más allá de la sanción económica. El expediente queda ahora en manos del Tribunal de Apelación si los afectados deciden recurrir, o se convierte en firme si dejan transcurrir los plazos sin impugnación.

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Redactado por inteligencia artificial · Revisado por la redacción

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