Desde el 1 de junio de 2026, las administraciones públicas de todos los niveles y sus empresas podrán recurrir a las bolsas de trabajo temporal para gestionar las jubilaciones parciales del personal laboral. Esta medida actualiza las restricciones implementadas por la reforma de pensiones de abril de 2025, que bloqueó temporalmente estas jubilaciones anticipadas al exigir que los trabajadores relevistas debían ser contratados de forma indefinida.
La nueva regulación devuelve, en buena parte, la flexibilidad previa a esta reforma para el sector público. Se permite que los relevistas, los interinos que sustituyen a los trabajadores que se acogen a la jubilación parcial, puedan tener un contrato temporal a jornada completa con una duración máxima que no superará los cinco años. Esta duración responde a tres años como máximo de adelanto de jubilación parcial respecto a la edad legal, más un tope de dos años tras el cese definitivo del trabajador relevado.
El real decreto 19/2026 busca conciliar la necesidad de cubrir estas jubilaciones parciales con las exigencias constitucionales que rigen el acceso a plazas de empleo público fijas, asegurando los principios de igualdad, mérito y capacidad. El Gobierno reconoce que la aplicación estricta de la reforma 2025 dificultaba que muchas administraciones pudieran llevar a cabo la figura del relevista debido a la complejidad y a los tiempos de los procesos selectivos para el empleo público fijo.
Impulso a la contratación fija
El decreto insta a que, siempre que sea posible, las administraciones y empresas públicas opten por crear plazas fijas para cubrir estas jubilaciones parciales. Para ello, deberán incluir en sus planes de recursos humanos o en sus ofertas de empleo público la cobertura de estas jubilaciones anticipadas. La contratación de la persona relevista bajo estas plazas se realizará por concurso, el procedimiento habitual para acceder a una posición laboral fija en el sector público.
Esta planificación pretende ampliar la oferta estable de empleo público y facilitar el derecho a la jubilación parcial de los trabajadores, evitando la saturación de interinidades temporales. En caso de que no se logren formalizar las plazas fijas, las administraciones podrán contratar a personal temporal para la sustitución, pero con restricciones claras.
Condiciones para contratos temporales de relevistas
Los contratos temporales para cubrir estas jubilaciones parciales deben ser a jornada completa y se vincularán directamente a la jubilación parcial. Su duración será limitada: cesarán cuando se formalice la plaza fija asociada o, en caso de no producirse, como máximo dos años después de la jubilación definitiva del trabajador relevado.
Esto implica que el máximo de tiempo que podrá estar contratado un relevista interino es de cinco años en total: los años máximos que se anticipa la jubilación más dos años tras el retiro final de su antecesor. Esta flexibilidad es una respuesta directa a la dificultad del sector público para generar plazas indefinidas en tiempos cortos.
Transición para contratos ya existentes
El decreto también contempla una transición para contratos fijos ya en vigor. Hasta el 1 de abril de 2027, las administraciones podrán vincular nuevas jubilaciones parciales a contratos indefinidos formalizados desde el 1 de abril de 2024. Esto facilita que los procesos en marcha puedan incorporarse a esta dinámica y regulariza situaciones previas.
Las medidas reflejan el equilibrio que intenta mantener el Gobierno entre garantizar los derechos de los trabajadores y la capacidad operativa de las administraciones publicas. La flexibilización acordada permitirá flexibilizar las jubilaciones parciales sin satisfacer plenamente las condiciones estrictas impuestas por la reforma de pensiones del año pasado.
Para entender el impacto y alcance del cambio, es fundamental observar el desarrollo de los procesos selectivos y la capacidad de las administraciones para incorporar personal fijo, dada la importancia que estas medidas tienen en la planificación laboral pública.
Para consultar el texto oficial del real decreto y su aplicación, se puede revisar el boletín oficial del estado correspondiente y las publicaciones del Ministerio de Seguridad Social.
La reforma en el sector público demuestra que la implementación estricta de reformas laborales a menudo requiere ajustes para adaptarse a realidades específicas como la administración pública, que deben armonizar eficiencia, legalidad y derechos laborales en un contexto complejo.