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Gor Factory derrota a Crocs en la UE por el diseño de sus zuecos

El Tribunal General de la UE confirma que el famoso zueco de Crocs carece de carácter singular frente a un modelo previo defendido por la murciana Gor Factory.

Por Carlos García·miércoles, 22 de abril de 2026·4 min lectura·1 vistas
Ilustración: Gor Factory derrota a Crocs en la UE por el diseño de sus zu · El Diario Joven

Una empresa murciana de Fortuna ha logrado lo que parecía improbable: tumbar legalmente el diseño registrado de uno de los zapatos más reconocibles del mundo. El Tribunal General de la Unión Europea ha desestimado el recurso de la multinacional estadounidense Crocs y ha confirmado que el diseño de sus populares zuecos no reúne el requisito de "carácter singular" exigido por la normativa comunitaria de propiedad industrial, dando así la razón a Gor Factory y a la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea.

El origen del conflicto se remonta a octubre de 2022, cuando Gor Factory solicitó ante la EUIPO la nulidad del dibujo o modelo de la UE que Crocs tenía registrado para calzado. La empresa murciana argumentó que ese diseño era esencialmente igual al de unos zuecos canadienses comercializados bajo la marca "Holey Soles", que ya circulaban por el mercado antes de que Crocs presentara su solicitud de registro. En enero de 2024, la EUIPO estimó la petición y declaró nulo el modelo. Crocs recurrió internamente, pero en febrero de 2025 la Oficina ratificó su postura: el diseño anterior había sido divulgado en abril de 2003, con anterioridad a la fecha de prioridad reivindicada por la firma estadounidense.

Por qué la correa del talón no fue suficiente

Crocs llevó el asunto al Tribunal General alegando que la EUIPO había infravalorado las restricciones propias del diseño de zuecos y que no había dado suficiente peso a la talonera —esa correa trasera que caracteriza muchos de sus modelos— como elemento diferenciador. La compañía sostuvo que la libertad creativa en este tipo de calzado era, como mucho, media, lo que debería haber reducido el listón para considerar su diseño suficientemente original.

El Tribunal rechazó ambos argumentos. Sobre la libertad de diseño, la sentencia es clara: las exigencias funcionales de un zueco —ergonomía del pie, suela y empeine resistentes, estabilidad y protección de los dedos— no limitan de forma significativa las opciones estéticas disponibles. El creador puede elegir entre múltiples combinaciones de forma, dimensiones, colores, materiales, distribución de agujeros o cortes decorativos. Que un producto deba cumplir determinadas funciones no equivale, según los jueces, a una libertad de concepción restringida.

En cuanto a la talonera, el Tribunal reconoció que un usuario informado no la ignoraría, pero apuntó que su peso visual es menor que el de la forma global del zueco: la suela gruesa, la puntera redondeada y cerrada, la distribución de agujeros circulares en la parte superior y los cortes trapezoidales en la zona delantera y lateral. Tanto el modelo de Crocs como el diseño "Holey Soles" comparten todos esos elementos principales, de modo que la correa no basta para contrarrestar la similitud de conjunto. El resultado, según la resolución, es que un usuario podría percibir el zueco de Crocs simplemente como una variante más del modelo anterior.

Qué dice la sentencia sobre la fama comercial

Uno de los puntos más relevantes de la sentencia tiene implicaciones más amplias para el sector de la moda y el diseño industrial. El Tribunal dejó claro que el éxito comercial, la popularidad de un producto o el proceso de creación seguido por el diseñador son factores irrelevantes a la hora de valorar si un diseño posee carácter singular. Lo único que importa es la impresión que produce en el usuario informado en comparación con los diseños anteriores. Que los zuecos de Crocs sean un fenómeno cultural global —con millones de pares vendidos y colaboraciones con marcas de lujo— no tiene ningún valor jurídico en este análisis.

Esta distinción es importante porque recuerda a las empresas que el registro de un diseño industrial no puede apoyarse en la notoriedad de la marca ni en el éxito del producto, sino exclusivamente en sus características visuales objetivas y su diferencia perceptible respecto a lo ya existente.

Próximos pasos: queda la vía del Tribunal de Justicia

La batalla legal no está necesariamente cerrada. Crocs dispone de un plazo de dos meses y diez días desde la notificación de la sentencia para interponer un recurso de casación ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Sin embargo, ese recurso solo puede basarse en cuestiones estrictamente jurídicas —no en la valoración de los hechos— y requiere admisión a trámite previa, lo que estrecha considerablemente el margen de actuación de la firma estadounidense.

Mientras tanto, la sentencia consolida una victoria notable para Gor Factory, una empresa que, desde un municipio de poco más de diez mil habitantes en la Región de Murcia, ha conseguido que la justicia europea anule el registro de diseño de uno de los zapatos más vendidos del planeta. Un resultado que ilustra cómo los mecanismos de la propiedad industrial comunitaria pueden funcionar como campo de juego equilibrado, independientemente del tamaño de las partes.

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Redactado por inteligencia artificial · Revisado por la redacción

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